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DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES DE LA ULPGC
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Todos los estudiantes de la ULPGC tienen los mismos derechos y deberes, independientemente del status docente que puedan tener:
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| Derechos de los estudiantes | |
| 1. |
Tienen derecho a ser informados de todas las cuestiones que afectan a la vida universitaria. |
| 2. |
A ser orientados en sus estudios mediante un sistema de tutorías eficaz y operativo, en concordancia con los medios de que disponga la universidad. |
| 3. |
A recibir las enseñanzas teóricas y prácticas necesarias a los estudios que cursan, con un nivel de calidad óptimo. |
| 4. |
A conocer el Plan de Estudios, así como el programa de cada asignatura antes de matricularse. |
| 5. |
A conocer los criterios de realización y corrección de pruebas de evaluación en cada asignatura, con antelación a la realización de las mismas. |
| 6. |
A efectuar la matrícula por cursos completos o por asignaturas, sin que ello suponga un coste económico adicional de un sistema con respecto a otro, y sin prejuicio del régimen de incompatibilidades establecido en el Plan de Estudios. Para tales efectos, las normas de matrícula aplicables durante el curso académico se aprobarán y publicarán por la Junta de Gobierno antes del 31 de mayo del curso anterior. |
| 7. |
A formular reclamaciones y quejas acerca de la calidad de la enseñanza recibida, así como del funcionamiento de los servicios del Centro o Departamento, mediante informe ante la junta de Centro o Consejo de Departamento, y de no tener resolución, ante la Junta de Gobierno de la Universidad. |
| 8. |
A acceder a los medios , instalaciones y servicios de que disponga la ULPGC de acuerdo con las necesidades que exija su propia formación y las normas existentes. |
| 9. |
A participar en la valoración del rendimiento académico del profesorado, por los procedimientos que en los Estatutos de la Universidad se establezcan. |
| 10. |
A no ser discriminados por motivos económicos, de sexo, raciales, religiosos, ideológicos o físicos. |
| 11. |
A ser dispensados de escolaridad e incluso de l calendario de las pruebas de evaluación cuando existan circunstancias objetivas tales como: enfermedad, servicio militar o civil sustitutorio, o cualquier otra causa reglamentariamente establecida. |
| 12. |
A la no contabilización de convocatorias, con la presentación de renuncias a la misma en el tiempo y forma que un reglamento elaborado y aprobado por la Junta de Gobierno regulará. |
| 13. |
A la libertad de expresión y asociación en el ámbito universitario para lo cual la ULPGC tendrá a disposición de éstos locales y medios económicos necesarios, de acuerdo a sus posibilidades. |
| 14. |
A la protección de la Seguridad Social en los términos y condiciones que se establezcan en las disposiciones locales que la regulen. |
| 15. |
A la plena objetividad en la valoración de su rendimiento educativo, pudiendo recusar a su evaluador cuando exista una causa reglamentaria de acuerdo con la legislación vigente. |
| 16. |
A desarrollar actividades de tipo cultural, deportivo, artístico y recreativo, pudiendo ser subvencionadas por la Universidad, así como tener acceso a los locales que ésta dispondrá al efecto. |
| 17. |
A participar en la labor desarrollada por los Departamentos cuando los profesores lo estimen conveniente. |
| 18. |
A participar en los órganos de gobierno de la ULPGC en la forma que se disponga en los Estatutos de la Universidad y en los reglamentos que los desarrollen.
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| Deberes de los estudiantes | |
| 1. |
Cooperar con el resto de la comunidad universitaria en la consecución de los fines de la Universidad. |
| 2. |
Realizar el trabajo de estudiante propio de su condición de universitario. |
| 3. |
Respetar el patrimonio de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria y colaborar en la mejora de sus servicios. |
| 4. |
Asumir las responsabilidades inherentes a su condición de representantes en los órganos de gobierno. |
| 5. |
Asistir regularmente y de manera colectiva a las actividades docentes. |
| 6. |
A cumplir los Estatutos y reglamentos aprobados en esta Universidad. |
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