Le comunicamos que, por imperativo legal, los sistemas normales de provisión
de plazas para prestar servicios en esta Corporación ya sea con carácter fijo o temporal,
son los siguientes:
• Listas de reserva, para los Centros del Cabildo que la tengan establecida y
contrataciones temporales: Debe presentarse la correspondiente solicitud, dentro
de los plazos estabelcidos para ello, previa convocatoria que se publicará en los
tablones de anuncios y en la página web www.cabildodelanzarote.com.
• Contratos de trabajo referentes a Convenios con el SCE: Debe presentar una
demanda de empleo en las Oficinas de dicho Organismo para optar a las plazas
que se desean cubrir.
• Plazas de funcionarios: Las instancias deben presentarse dentro de los plazos
establecidos en la convocatoria, que obligatoriamente debe publicarse en los
Boletines Oficiales de la Provincia de Las Palmas y del Estado, así como en el
Tablón de Edictos de la Corporación.
• Plazas de personal laboral fijo: Tiene que solicitarse dentro del plazo establecido
en las bases de la convocatoria que, como mínimo, se publicará en el Tablón de
Edictos de la Corporación.
• Plazas de personal eventual: Dicho personal es de libre elección por parte de la
Presidencia de este Cabildo en base al número plazas autorizado en cada
momento por el Pleno, pero deja de prestar servicios cuando cesa la autoridad
que lo nombró.
En consecuencia, si desea obtener trabajo en esta Institución, deberá prestar
atención a los anuncios correspondientes. No obstante, también debe saber que con carácter previo a la convocatoria de las correspondientes plazas, el Cabildo debe publicar anualmente una Oferta de Empleo donde figuran las que se pretendan cubrir en cada ejercicio con carácter fijo y dicha Oferta tiene que ser publicada en el Boletín Oficial del Estado.