- Avda. Fred Olsen s/n Arrecife, 35500. Aula de la naturaleza: C/ San Francisco, 8, Maguez, 35520
- 928 81 01 00 (2280, 2279, 2320, 2104)
- Unidad de Educación Ambiental: 928 83 51 01 ext.3721, 680484839
- geoparque@cabildodelanzarote.com
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Las Competencias del Cabildo Insular de Lanzarote en materia de medioambiente están reflejadas, al igual que para el resto de los Cabildos, en el Decreto 161/1997, de 11 de julio, sobre delegación de funciones de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias a los Cabildos Insulares, en materia de servicios forestales, protección del medio ambiente y la gestión y conservación de Espacios Naturales Protegidos, y estas son:
- La administración y gestión de los montes públicos ejerciendo las funciones que la Ley de Montes asigna a la Administración forestal.
- La aprobación de los aprovechamientos en montes de propiedad particular.
- Creación, conservación, mejora y administración de masas forestales en los montes consorciados o con convenios.
- Gestión y conservación de los Espacios Naturales de la Red Canaria de Espacios Naturales Protegidos, en el marco y dentro de los condicionantes de gestión y administración previstos en la Ley Territorial 12/1994 y con la excepción de los Parques Nacionales.
- Conservación, protección y mejora de la flora y fauna, así como la conservación, preservación y mejora de sus hábitats naturales, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 3.a) del presente Decreto.
- La protección y restauración del paisaje natural.
- Prevención y lucha contra incendios forestales.
- Vigilancia y control de las aguas continentales en cuanto se refiere a la riqueza piscícola.
- La ejecución de la política recreativa y educativa en la naturaleza, así como la coordinación de la divulgación e información ambiental.
- La expedición de cédulas ambientales y la actualización de los catálogos de áreas de sensibilidad ecológica.
- La incoación, tramitación y resolución delos expedientes por infracciones leves, menos graves, graves y muy graves correspondientes a la Ley de Espacios Naturales de Canarias.
- La investigación, inspección, incoación, tramitación y resolución de los procedimientos sancionadores por infracción de la normativa reguladora de las materias que han sido objeto de delegación de los apartados anteriores.